Cómo proteger el edificio de las inclemencias meteorológicas

En septiembre las comunidades de propietarios también deberían vivir su particular ‘vuelta al cole’, preparándose para las inclemencias meteorológicas y, así, prevenir daños en el edificio o a terceros. Este año el mes empezó con una potente DANA (depresiones aisladas en niveles altos) que se tradujo en inundaciones y todo apunta a que no será la última gota fría que viviremos este final de verano. Y lo que es casi seguro es que tendremos tormentas y temporales durante los meses que se avecinan, por lo que ha llegado el momento de prepararse.

Por eso, hemos reunido algunos consejos básicos para prevenir en la medida de lo posible disgustos en nuestra comunidad de propietarios:

  1. Limpieza de las instalaciones de recogida de agua. Esto implica revisar y limpiar los canalones, los desagües, las bajantes, los sumideros de patios, azoteas, garajes, zonas exteriores… Todos los conductos de que dispone el edificio y la finca para evacuar el agua de la lluvia deben estar impolutos para evitar atascos y consecuentes inundaciones. O roturas y humedades.
  2. Inspeccionar el tejado. Es responsabilidad de la comunidad de propietarios garantizar el buen estado del edificio y una de las zonas más perjudicadas y que más daño pueden hacer en los temporales de viento son los tejados. Hay que verificar que los elementos de la cubierta (las tejas u otros materiales) estén bien asegurados en su anclaje para evitar que se desprendan y puedan causar daños al caer. Y no solo que estén bien sujetos, sino también en buen estado, ya que su deterioro puede favorecer la entrada de agua en el inmueble. A mayores, no nos olvidemos de las antenas y revisemos que están adecuadamente fijadas.
  3. Revisar las fachadas en busca de elementos como, por ejemplo, cornisas en mal estado que puedan desprender cascotes en caso de lluvia o viento. Si alguna fachada cuenta con carteles publicitarios, hay que revisar que estén bien anclados.
  4. Si nuestro garaje cuenta con un sistema de bombeo para extraer agua, es el momento de ponerlo a punto y asegurarnos de que estar en condiciones de responder adecuadamente en caso de inundación.
  5. En el caso de balcones, azoteas y patios, hay que tener especial cuidado con los elementos que no están fijados. El mobiliario o las macetas se pueden desplazar por efecto de la lluvia y del viento y pueden obstaculizar la salida del agua o caer, con el consiguiente riesgo de daños a personas. Por ello es fundamental que cuando haya avisos de situaciones meteorológicas adversas, se revisen estos espacios para recoger todos los objetos susceptibles de causar perjuicios. También se aconseja mantener recogidos los toldos porque, aunque están fijados a la pared, son elementos endebles ante un temporal de viento o de lluvia. Y si la comunidad cuenta con una zona ajardinada, la recomendación de que no queden a la intemperie objetos móviles es de igual aplicación.
  6. Limpieza del jardín. Es importante preparar las zonas verdes para las inclemencias meteorológicas típicas del otoño y del invierno, haciendo especial hincapié en mantener limpia de forma constante el área de restos vegetales susceptibles de atascar los sumideros y desagües.

El Gobierno aprueba medidas para facilitar el acceso al Ingreso Mínimo Vital de personas sin hogar y otros colectivos vulnerables

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se incluyen medidas para facilitar el acceso al Ingreso Mínimo Vital a personas vulnerables. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha propuesto estas medidas tras una primera evaluación del alcance de la prestación y tras haber mantenido reuniones con entidades del tercer sector, que han analizado las dificultades de acceso.

En concreto, la primera de las medidas va destinada a facilitar el acceso a personas sin hogar. La nueva norma suprime el límite de titulares por vivienda para personas sin hogar o que residen en centros residenciales de carácter no permanente, además de reconocer la realidad de personas en situación de vulnerabilidad que se agrupan en una misma vivienda.

Además, se ha introducido el concepto de unidad de convivencia independiente (familia nuclear) en casos de mujeres violencia de género, divorcio o separación, así como afectados por desahucio o inhabitabilidad para permitir el acceso a la prestación. Los dos últimos con límite temporal (la consideración expirará al tercer año) para que una situación sobrevenida no influya en el derecho a IMV.

Finalmente, también se posibilita que en otras situaciones de convivencia complejas la acreditación de la unidad de convivencia pueda ser certificada por los servicios sociales, entidades colaboradoras del IMV y el tercer sector social subsidiaria y transitoriamente.

Esta solución es similar a la planteada por muchas comunidades autónomas a la hora de acreditar las unidades de convivencia para acceder a sus programas de rentas mínimas.

Las entidades del tercer sector pueden ser mediadores sociales del IMV si se inscriben en el registro de mediadores sociales y cumplen una serie de requisitos, como el de disponer de puntos de atención directos a las personas en todas las autonomías y ciudades autónomas, así como una experiencia acreditada en el acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de exclusión social, particularmente en el acompañamiento con el Ingreso Mínimo Vital.null

Tanto los servicios sociales como entidades mediadoras podrán acreditar situaciones como la de personas en situación de riesgo de exclusión social para las personas que vivan juntas sin vínculos o de quienes se encuentren empadronados en “domicilio ficticio” (personas sin hogar).

El Ingreso Mínimo Vital, creado en mayo de 2020 a través del Real Decreto Ley 20/2020, fue reconocido en sus seis primeros meses en funcionamiento a casi 160.000 hogares en los que vivían más de 460.000 personas. De ellas, el 47% eran menores de edad.

Fuente: elderecho.com

Consejos de ahorro energético para comunidades de propietarios en tiempos difíciles

Antonio Ocaña

Ingeniero Industrial

Ahora que la alerta sanitaria ocupa todos los titulares, hay otras noticias que a pesar de su importancia han pasado a un segundo plano. Una de ellas es el cambio climático y la transición energética.

Traducida esta tendencia a las comunidades de propietarios, no se trata de exigir que se “se ajusten” a esta transición “al precio que sea”, sino que lo hagan obteniendo los máximos beneficios. No hay que olvidar que las comunidades de propietarios en España destinan, aproximadamente, un 70% de su presupuesto anual a gastos energéticos (calefacción, climatización, agua caliente sanitaria, iluminación, ascensores…).

En estos momentos, ¿qué tipo de instrumentos tienen las comunidades de propietarios para adoptar medidas de eficiencia energética que contribuyan a reducir su factura y a irse adaptando a la transición energética que está ya en marcha en toda Europa?

– Integración de energías renovables. La aprobación en abril del 2019 del RD 244/2019 facilita que las comunidades de propietarios puedan instalar paneles solares fotovoltaicos para generar su propia electricidad (autoconsumo). En línea con lo anterior, la tendencia a sustituir los combustibles fósiles hace que otra energía renovable, la aerotermia, sea un complemento perfecto de los paneles fotovoltaicos, ya que son equipos que funcionan con electricidad.

– Salas de calderas de alta eficiencia e Individualización de consumos. En la Comunidad de Madrid es obligatorio realizar Inspecciones periódicas de Eficiencia Energética de instalaciones térmicas (calefacción, aire acondicionado y agua caliente sanitaria) de los edificios que cuenten con una potencia útil nominal superior a 70 kW. El resultado de estas inspecciones incluye recomendaciones y un diagnóstico señalando áreas de mejora. Las comunidades que decidan tomar medidas de ahorro energético, pueden beneficiarse de ayudas, como el Plan Renove Privado de Salas de Calderas, que incentiva la instalación en la región de calderas de condensación a gas que sean energéticamente eficiente u otras ayudas inminentes como el Plan Renove Público, Madrid 360º y las ayudas de IDAE. Con estas ayudas y los ahorros obtenidos el usuario no sólo no tiene que realizar derrama alguna, sino que empieza a ahorrar desde el primer momento.

Telegestión: monitorización, control y optimización de instalaciones. “Lo que no se mide no se puede mejorar” (Peter Drucker). Las empresas de mantenimiento que han evolucionado a Empresas de Servicios Energéticos (ESEs) ponen el foco en el ahorro energético, programando sistemas de contabilidad energética capaces de detectar alarmas energéticas y, de esa manera, identificar y corregir funcionamientos anómalos que generen un mayor gasto energético.

– Aprovechar actuaciones en la fachada (como por ejemplo pintar o enfoscar) para mejorar el aislamiento térmico, ya que los gastos de andamiaje suele ser una de las partes más costosas de este tipo de actuaciones. Mejorando el aislamiento térmico se puede reducir la demanda energética del edificio hasta en un 50%.

-Iluminación eficiente.  Instalar luces led y/o sistemas de detección puede suponer un ahorro de un 60% en iluminación. También se puede estudiar la posibilidad de regular y reducir la potencia de luz en las zonas comunes.

JORNADA INFORMATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A LOS ADMINISTRADORES DE FINCAS COLEGIADOS

PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS, DE VIVIENDAS Y PARA LA ADECUACIÓN FUNCIONAL BÁSICA DE VIVIENDAS

Día: 28 de Enero

Horario: 17:30h

Plataforma telemática Zoom

(sesión exclusiva para AFcolegiados)

Presentación:

Alicia Martínez Martín, Secretaria General de Vivienda de la Junta de Andalucía

José Feria Moro, Presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas

Ponente:

José Idelfonso Rodríguez Galadí, Jefe del Servicio de Rehabilitación de la Consejería de Fomento

Organizan:

COMUNICADO SOBRE DISTINTAS CUESTIONES EN APLICACIÓN DEL DECRETO 3/2021

Reg. Salida Nº   23/2021

En Sevilla a 21 de enero de 2021

El Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas informa en relación con las últimas normas publicadas en el BOJA Extraordinario núm. 6 de fecha 16 de enero de 2021, y en concreto, el Decreto 3/2021 del Presidente de la Junta de Andalucía y concordantes en el sentido siguiente:

Se limita la movilidad entre todas las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en los municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días (que se irán relacionando en anexos según se vayan determinando), salvo para aquellos desplazamientos excepcionados en la norma.

Estas excepciones contemplan desplazamientos por motivos profesionales (entre las que se encuentra la profesion de Administrador de Fincas, lo que habrá que justificar debidamente).

Las excepciones no contemplan desplazamientos por asistencia a Juntas de Propietarios.

–          Los efectos de esta norma se extienden hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2021.

–          Se limita la circulación de las personas entre las 22:00h y las 6:00h. (Art.5 Decreto del Presidente 2/2021).

Se contempla la excepción entre otras por cumplimiento de obligaciones profesionales, pero en tal caso debe interpretarse por motivos muy urgentes y/o perentorios.

–          La recomendación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ante el evidente riesgo sanitario por los contactos en grupos de personas y ante la preocupante tendencia actual ascendente del número de contagios, es no celebrar juntas de propietarios.

–          En los territorios en los que se apliquen las medidas de salud pública correspondientes al nivel de alerta 4, grado 2, no se pueden celebrar juntas de propietarios presenciales sea cual sea el número de asistentes (Orden 8-11-2020 de la Consejería de Salud y Familias. Art.4.1.e).

–          Se recuerda la necesidad de actuar con el más estricto cumplimiento del principio de precaución recogido en el artículo 9 de la Orden de 8-11-20 de la Consejería de Salud y Familias citada Orden, con el siguiente tenor literal:

“1. En tanto se mantenga la actual situación de crisis sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, todos los ciudadanos deberán desarrollar sus actividades, de cualquier índole, conforme al principio de precaución con objeto de prevenir la generación de riesgos innecesarios para sí mismos o para otros y de evitar la propagación del virus causante de la pandemia.

2. La ciudadanía deberá colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en esta orden.

3. Se recomienda a todas las personas que permanezcan en casa.”

EL PRESIDENTE

José Feria Moro